¿Quiénes deben presentar el Informe 75 SAGRILAFT y PTEE?

La Superintendencia de Sociedades anunció la creación del informe 75 con la Circular Externa No. 100-000003. Este informe integra dos: el 50, el cual era presentado por las empresas obligadas a implementar SAGRILAFT, y el 52, presentado por aquellas empresas obligadas a contar con un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).

La finalidad del informe 75 es fortalecer el rol supervisor de la Supersociedades al tener detalle del comportamiento de las empresas, para ello, se requiere presentar la información sobre la implementación y funcionamiento de los sistemas de prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT).

Obligados a implementar el sistema de gestión de riesgo SAGRILAFT

La Circular Externa 100-000016 de diciembre 24 de 2020 (modificada por las circulares externas 100-000004 de 2021 y 100-000015 de 2021) presenta las disposiciones sobre autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva —LA/FT/FPADM—.

Aquellas empresas vigiladas por la Supersociedades que obtengan ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 smmlv con corte a diciembre del año inmediatamente anterior (4.640.000 UVB, equivalentes a $46.400.000.000 al cierre de 2023); están obligadas a implementar el sistema de gestión de riesgos LA/FT/FPADM Sagrilaft

Las empresas en general vigiladas o controladas por la Supersociedades, mencionadas en los numerales 4.1 y 4.2 de la Circular Externa 100-000016 de diciembre 24 de 2020, deben aplicar sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo LA/FT/FPADM – SAGRILAFT, señalado en el numeral 5 de dicha circular.

Las empresas vigiladas o controladas por la Supersociedades con actividades profesionales no financieras designadas —APNFD—, mencionadas en el numeral 4.3 de la circular, deben aplicar el régimen de medidas mínimas descritas en el numeral 6.

Los numeralos 4.1 y 4.2 de la circular describen quiénes son los obligados a implementar el sistema de autocontrol y gestión de riesgo integral de LA/FT/FPADM —Sagrilaf—. Asimismo, el numero 4.3 señala aquellos que deben implementar el régimen de medidas mínimas.

Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)

Un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) es un conjunto de políticas y procedimientos específicos que buscan identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los Riesgos de Corrupción o los Riesgos de Soborno Transnacional que puedan afectar a la empresa.

Incumplir con las órdenes e instrucciones relacionadas a la implementación del PTEE puede dar lugar a actuaciones administrativas según el caso y la imposición de sanciones a la empresa, su oficial de cumplimiento, revisor fiscal o sus administradores.

Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.

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