Responsabilidades del Revisor Fiscal y su función ante el delito
El revisor fiscal tiene como función asegurar la integridad de los estados financieros de la organización, validar informes con destino a las entidades gubernamentales y juzgar sobre los actos de los administradores.
De acuerdo al artículo 207 del Código de Comercio estas son las funciones y responsabilidades del revisor fiscal:
Cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la sociedad se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva.
Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.
Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías, y rendirles los informes a que haya lugar o le sean solicitados.
Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, de la junta de socios y de la junta directiva, y porque se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines.
Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier otro título.
Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales.
Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o informe correspondiente.
Convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue necesario.
Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la asamblea o junta de socios.
Reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero las operaciones —UIAF— catalogadas como sospechosas en los términos del literal d del numeral 2 del artículo 102 del Decreto 663 de 1993, cuando las adviertan dentro del giro ordinario de sus labores (función adicionada por el artículo 27 de la Ley 1762 de 2015).
¿Qué debe hacer un revisor fiscal ante delitos detectados?
En su rol de vigilancia y control, el revisor fiscal debe denunciar ante las autoridades penales, disciplinares y administrativas los actos de corrupción, así como la presunta comisión de delitos contra la administración pública, el medio ambiente, el orden económico y social, la financiación del terrorismo, y de grupos de delincuencia organizada, conforme a lo establecido en la Ley 1474 de 2011.
De igual manera, se tienen en cuenta las conductas punibles relacionadas con el patrimonio público económico que sean detectadas en el ejercicio de sus funciones.
El plazo para realizar las denuncias es de máximo 6 meses, contados a partir del momento en que el revisor fiscal descubrió el delito.
Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.
*Información tomada de Siempre Al Día.